SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2018-S2

Fecha: 15-Mar-2018

1)

Los accionantes a través de sus abogados ratificaron íntegramente los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolo señalaron: 1) Se encuentran en el ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, conforme lo establecido en el art. 1 de la Ley 321; 2) En el caso de la accionante Elena Quispe López, también se vulneró su derecho a la inamovilidad; toda vez que, tiene una discapacidad física motora del 36%, estando resguardado conforme lo dispone la Ley General para Personas con Discapacidad -Ley 223 de 2 de marzo de 2012; y, 3) Se lesionaron los derechos al trabajo, a la estabilidad laboral y al seguro social, asimismo el art. 70 de la CPE, con relación a los derechos de las personas con discapacidad.

1)        En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas.