SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2018-S2
Fecha: 15-Mar-2018
III.2. Protección reforzada respecto a las personas con discapacidad
En ese orden, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptada por nuestra legislación el 13 de diciembre de 2006; la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad; la Observación General 5 emitida por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CDESC); la Declaración de los Derechos de los Impedidos, proclamada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), mediante Resolución 3447 del 9 de diciembre de 1975; y, el Convenio 159 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), son Instrumentos Internacionales que reflejan el compromiso de eliminar situaciones discriminatorias contra las personas con discapacidad, procurando la creación de oportunidades de trabajo para este grupo vulnerable.
Es así que la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, reafirmó que estas personas tienen los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras; los cuales, incluido el de no verse sometidos a discriminación fundamentada en la discapacidad, dimanan de la dignidad y la igualdad, que son inherentes a todo ser humano.
IV. Las personas con discapacidad deberán contar con una fuente de trabajo”; por consiguiente el objetivo de la normativa es garantizar a las personas con discapacidad, el ejercicio pleno de sus derechos y deberes en igualdad de condiciones y equiparación de oportunidades, trato preferente bajo un sistema de protección integral.
- acción de amparo constitucional
- José Grover Quispe Quito
- Elena Quispe López
- Miriam Katherine Velasco Sossa
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- 2)
- 3)
- III.2. Protección reforzada respecto a las personas con discapacidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- 3° Exhortar