SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0091/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0091/2018-S2

Fecha: 29-Mar-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Conforme al Testimonio de Escritura Pública 1364/2015 de 21 de septiembre, de Compra Venta de Bien Inmueble, suscrita entre Teófilo Justo Chamas Garzón y Marianela López Reque de Chamas, por sí y en representación de sus hijos Justo Alejandro y Marielle Jazmín, ambos Chamas López, como vendedores; y, Lorena Lucía Peñaloza Antuña representante legal de la Empresa Montecristo Inversiones y Desarrollo S.A., en calidad de compradora; ubicado en la zona Torrecillas, provincia Cercado del departamento de Tarija, con una superficie de                154 183 m2, por inmediaciones de la nueva Terminal de Buses de esa ciudad; debidamente registrado en Derechos Reales (DD.RR.), con Matrícula Computarizada 6.01.1.33.0000008, bajo el Asiento A-6, siendo por tanto únicos y legítimos propietarios del citado bien inmueble.

Mientras se realizaba el trámite para la aprobación de planos ante la Dirección General de Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija; entre el 26 y 28 de junio de 2017, se constituyeron en el terreno de su propiedad junto al personal dependiente de la Empresa, quedando sorprendidos al advertir, que en el lugar se encontraban Dominga Cortez Velásquez, Weymar Martínez Rodríguez y otros particulares, de los cuales se desconoce sus nombres, quienes habiendo quitado el alambrado existente, con el mismo procedieron a cercar una parte del terreno, avasallándolo y construyendo una casa de madera, donde se encuentran actualmente; y, de manera agresiva, con una serie de improperios e incluso amenazándoles, indicaron que no saldrían del lugar; actos que son ilegales, ya que nadie puede ingresar, y peor aún, constituirse en terrenos que no son de su propiedad.

El inmueble que fue objeto de avasallamiento se encuentra en área urbana, donde no se desarrollan actividades agrícolas, empero cumple una función social; estando realizando trabajos, como la toma de puntos por parte de los topógrafos, movimientos de tierras y otros; sin embargo, dichas labores se encuentran paralizadas e impedidas de continuar, por las medidas de hecho perpetradas por los demandados.

Es más, el 15 de agosto de 2017, habiéndose programado una audiencia de inspección técnica por parte de la Dirección General de Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, en los terrenos de su propiedad, tanto los funcionarios públicos y los topógrafos particulares, fueron agredidos y amenazados por los demandados junto a otro grupo de personas, quienes no dejaron que se ingrese al bien inmueble; motivo por el que, incluso se llamó a la Policía para denunciar estos hechos; Haciéndose presentes los funcionarios policiales con la intención de evitar enfrentamientos; sin embargo, al percatarse que los avasalladores se encontraban con una actitud agresiva y prepotente, portando un machete y piedras; solicitaron que no se prosiga con la inspección, retirándose del lugar por seguridad, junto a todo el personal.