SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018-S1
Fecha: 23-Mar-2018
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Quinto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 21/2017 de 22 de noviembre, cursante de fs. 41 vta. a 42 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes argumentos: i) Mediante Resolución 17/2017 de 8 de septiembre, emitida dentro de una acción de libertad anterior, dispuso se dé cumplimiento a la Resolución Jerárquica emitida por el Fiscal Departamental de La Paz, sin necesidad del desarrollo de ninguna audiencia, toda vez que esta última ordenó la cesación de las medidas cautelares en favor del accionante y el cese de todas las medidas impuestas en su contra; ii) Por providencia de 9 de noviembre de 2017, se dispuso el cese de todas las medidas cautelares impuestas contra el accionante, de ahí que cesó su detención domiciliaria; iii) Por oficio de la misma fecha dirigido a las oficinas de Migración se subsanaron las transcripciones de todas las Resoluciones dictadas por la Jueza hoy demandada; iv) Si bien el accionante señala que no tuvo conocimiento de ninguna Resolución de cesación de sus medidas cautelares, existe una nota de 7 de igual mes y año, donde refiere que el mismo recibió la citada Resolución; v) En el mandamiento de detención domiciliaria también se estableció el cumplimiento de dicha detención en el “inmueble referido”, motivo por lo que al disponerse el cumplimiento tácito de la detención domiciliaria, no existía la necesidad de emitirse el mandamiento de libertad; y, vi) El Responsable de la Oficina Departamental de La Paz del Consejo de la Magistratura -hoy codemandado- no tiene legitimación pasiva en la presente acción de libertad, puesto que no asume determinación de orden jurisdiccional dentro de la causa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la pretensión de exigir el cumplimiento de una Sentencia Constitucional a través de otra acción tutelar;
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- CONFIRMAR