III.2. Análisis del caso concreto
De la revisión de los antecedentes, puede advertirse que la presente acción de libertad emerge de un proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el accionante por la presunta comisión del delito de tráfico de substancias controladas; en cuya audiencia de medidas cautelares la autoridad judicial demandada, mediante Auto Interlocutorio 359/2017, le impuso la detención preventiva; sin que haya interpuesto recurso de apelación incidental contra dicha Resolución -Conclusión II.1-.
De manera paralela o simultánea a la activación del recurso de apelación incidental contra la Resolución que resolvió el incidente de nulidad planteado, el accionante interpuso esta demanda tutelar el 1 de diciembre de 2017; activando en consecuencia, dos jurisdicciones -la ordinaria y la constitucional- para conocer y resolver las cuestiones formuladas en el referido incidente, lo que daría lugar a una abierta intromisión de competencias entre las mismas, extremo que no es posible; por cuanto, conforme se concluyó en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la acción de libertad no procede ante la activación simultánea de la jurisdicción ordinaria y la constitucional, que es lo suscitado en el caso analizado, en el cual -se reitera- de manera paralela se interpuso recurso de apelación incidental y la presente acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- 2)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III.1.
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,
