ACLARATORIO DE LA SCP 0153/2018-S2
Fecha: 30-Abr-2018
Fragmento 15
En mérito a los razonamientos efectuados en anteriores fundamentos, la Magistrada que suscribe este Voto Aclaratorio, si bien está de acuerdo con la decisión asumida en la SCP 0153/2018-S2; sin embargo, considera que en el análisis del caso concreto debieron asumirse los criterios de interpretación señalados en los Fundamentos II.1 y II.2. de la presente Aclaración de Voto, debido a que el problema jurídico planteado emergió de Resoluciones pronunciadas por las autoridades indígena originario campesinas, en el marco de sus derechos a ejercer su sistema jurídico; y a la libre determinación, y por ende, correspondía; por una parte, convocar a una autoridad o exautoridad del Ayllu Cala Cala, para conocer su sistema jurídico, y por otra, adoptar la metodología del paradigma del vivir bien, con la finalidad de efectuar una interpretación intercultural de los derechos invocados por los demandantes de tutela.
- I.
- II. FUNDAMENTOS
- II.1. El control plural de constitucionalidad
- a.
- 1)
- b.
- b.i) Control normativo de constitucionalidad
- b.ii) Control competencial de constitucionalidad
- b.iii) Control tutelar de constitucionalidad
- c.
- II.2. La interpretación intercultural de los derechos fundamentales y sus dimensiones
- II.2.1. La interpretación intercultural cuando uno o más miembros de una nación y pueblo indígena originario campesina se encuentran sometidos a proceso
- II.2.2. La interpretación intercultural cuando se alegue lesión a derechos al interior de la jurisdicción indígena originaria campesina: el paradigma del vivir bien
- SCP 1422/2012
- Fragmento 15
- II.2. Sobre el Voto Aclaratorio de la SCP 0153/2018-S2
- III. CONCLUSIÓN
- MAGISTRADA