ACLARATORIO DE LA SCP 0153/2018-S2
Fecha: 30-Abr-2018
I.
La suscrita Magistrada, al tiempo de suscribir la SCP 0153/2018-S2 de 30 de abril, pronunciada por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional, manifiesta su conformidad con la decisión de revocar en parte la Resolución 02/2018 de 28 de febrero; concediendo en parte la tutela solicitada, únicamente con relación a los derechos a la defensa, presunción de inocencia, a la igualdad de las partes y debido proceso, dejando sin efecto la Resolución Determinativa de 2 de abril de 2017 y todo acto o decisión asumida por las autoridades del Ayllu Cala Cala del departamento de Potosí, que ordena la expulsión y apropiación de las parcelas de los accionantes hasta que se garantice su derecho al debido proceso y se instale un proceso interno en el que sean escuchados; y denegando respecto a los derechos a la vida y a la dignidad, así como a la solicitud de devolución del valor correspondiente de la cosecha de papa; empero, hace conocer su Voto Aclaratorio respecto a los fundamentos jurídicos desarrollados, conforme a los siguientes razonamientos:
- I.
- II. FUNDAMENTOS
- II.1. El control plural de constitucionalidad
- a.
- 1)
- b.
- b.i) Control normativo de constitucionalidad
- b.ii) Control competencial de constitucionalidad
- b.iii) Control tutelar de constitucionalidad
- c.
- II.2. La interpretación intercultural de los derechos fundamentales y sus dimensiones
- II.2.1. La interpretación intercultural cuando uno o más miembros de una nación y pueblo indígena originario campesina se encuentran sometidos a proceso
- II.2.2. La interpretación intercultural cuando se alegue lesión a derechos al interior de la jurisdicción indígena originaria campesina: el paradigma del vivir bien
- SCP 1422/2012
- Fragmento 15
- II.2. Sobre el Voto Aclaratorio de la SCP 0153/2018-S2
- III. CONCLUSIÓN
- MAGISTRADA