DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2018
Fecha: 11-Abr-2018
designar a las Máximas Autoridades Ejecutivas
En el numeral 2, referido al Decreto Ejecutivo Edil Municipal, la DCP 0075/2017 declaró la incompatibilidad de la frase: “…designar a las Máximas Autoridades Ejecutivas”, argumentando que la misma era incongruente y carente de sentido lógico con el resto de la disposición y afectaba al principio de seguridad jurídica y certeza normativa; puesto que la disposición tiene como objeto regular la naturaleza del Decreto Ejecutivo Edil Municipal y la frase observada no guardaba relación con dicha regulación.
Bajo ese marco interpretativo el estatuyente, en esta adecuación, suprimió dicha frase del texto del numeral 2, del cual ahora se advierte que la disposición no presenta incongruencia en la redacción final, ello implica que la referida observación fue subsanada; asimismo, no se advierte contradicción a las previsiones constitucionales.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II. CONCLUSIONES
- 1º
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Control previo de constitucionalidad de los proyectos de normas institucionales básicas de los gobiernos autónomos municipales
- III.2. Sobre los efectos procesales de la sustitución de artículos declarados compatibles en una Declaración Constitucional Plurinacional
- temporal
- Artículo 17. Pérdida de Mandato
- Fragmento 10
- Artículo 33. De las Sub-alcaldías
- incompatibilidad
- designar a las Máximas Autoridades Ejecutivas
- 2°
- 3