Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2018
Fecha: 11-Abr-2018
2°
2° Habiendo concluido el proceso de control previo de constitucionalidad del proyecto de Carta Orgánica Municipal y en cumplimiento del art. 275 de la CPE, el ente deliberante municipal deberá elaborar el texto, conforme al contenido de las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales antes citadas y el razonamiento expuesto en el contenido de la presente Declaración Constitucional Plurinacional, para su posterior remisión al Órgano Electoral Plurinacional, y en coordinación con dicha entidad, sea sometida a referendo.
- I.1. Contenido de la consulta
- a)
- II.2.
- III.
- III.1. Sobre la adecuación de disposiciones que fueron declaradas incompatibles con la Constitución Política del Estado y las improcedencias dispuestas
- las disposiciones declaradas compatibles
- III.2. Sobre la jurisprudencia constitucional con relación a las improcedencias en el control previo de constitucionalidad
- no corresponde a este Tribunal la revisión ni consideración de cualquier modificación, adición o supresión de una o varias disposiciones
- III.3. Sobre el art. 11.II del proyecto de
- 1º
- 2°
- 3°