PLURINACIONAL 0133/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

PLURINACIONAL 0133/2018-S1

Fecha: 18-Abr-2018

“admisible y procedente”

La Sala Civil, Comercial de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 004/2017, cursante de              fs. 172 vta. a 178 vta., declaró “admisible y procedente” la tutela solicitada, disponiendo que la empresa demandada, reincorpore inmediatamente al ahora accionante y cumpla con la Conminatoria JDTSC/CONM. 111/2016, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz y confirmada por la                               RA JDTSC/R.R. 013/17 y RM 542/17, bajo los siguientes fundamentos: i) Con relación a la legitimación activa, pasiva y el cumplimiento de los principios de inmediatez y subsidiariedad, consideró que la acción tutelar cumple con estos requisitos de admisibilidad; ii) Señalando sentencias constitucionales, precisó la importancia del cumplimiento de la conminatoria de reincorporación laboral; a ese efecto, estableció el incumplimiento de la empresa demandada; iii) La parte demandada, pese a tomar conocimiento de la conminatoria JDTSC/CONM 111/2016, hasta después de notificarse con la resolución ministerial que confirma la misma, no dio cumplimiento a dicho fallo administrativo; iv) Respecto a que la acción tutelar habría sido presentada fuera de plazo, estableció que debe computarse a partir de la notificación con la resolución jerárquica; y, v) Concluyo que los hechos expuestos, demostraron la vulneración del derecho al trabajo y estabilidad laboral, toda vez que habiéndose definido por autoridad competente la existencia de despido injustificado, así como la renuencia del empleador de cumplir la Conminatoria de reincorporación laboral, consideró viable conceder la tutela entre tanto la jurisdicción ordinaria defina si existe o no despido ilegal.