Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2018-S3
Fecha: 03-Abr-2018
II.3.
II.3. Conforme al Informe de Luis Leonardo Pinto Tola, Investigador asignado al caso de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), se evidencia que desde el inicio de las investigaciones se emitieron varias citaciones para la comparecencia del accionante, sin que hasta la fecha se contara con su declaración informativa, extremo por el cual solicitó al Fiscal de materia designado al caso la emisión de un requerimiento fiscal o resolución tomando en cuenta los antecedentes cursantes en el cuaderno de investigación (fs. 25 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandas
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en el curso del proceso investigativo
- las aprehensiones
- no es posible ingresar a efectuar un análisis de fondo de la problemática planteada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR