Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2018-S4
Fecha: 10-Abr-2018
III.3. Análisis del caso concreto
Del pronunciamiento de los agravios alegados por el accionante, se tiene como problemática planteada la denuncia de vulneración de sus derechos a la vida, a la libertad física, a la libertad de locomoción, a la honra y a la dignidad, alegando que los demandados le privaron de manera ilegal salir de su oficina, si antes no efectuaba una transferencia bancaria, así también de manera posterior estaría recibiendo mensajes y llamadas amenazantes a efectos de que transfiera otras sumas de dinero, generándole en el temor por su vida y la de su familia, además de estar sufriendo una persecución indebida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1.Ratificacion y ampliación de la acción
- denegó
- 1)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de libertad
- Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad
- Fragmento 10
- i)
- y los intereses generales de la sociedad, y ejercerá la acción penal pública
- intereses generales de la sociedad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR