SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2018-S2

Fecha: 11-Abr-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido a instancias del Ministerio Público por el “delito de orden público” en contra de su persona, mediante memorial de 23 de noviembre de 2017, solicitó al Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz, la suspensión de la audiencia pública señalada para esa misma fecha, debido a que tenía que retornar a su trabajo; sin embargo, en el desarrollo de la audiencia no se dio lectura al referido memorial; tampoco, se consideró la solicitud oral realizada por la defensa técnica del impetrante, amparada en el art. 88 del Código de Procedimiento Penal (CPP) emitiéndose la Resolución 256/2017 de 23 de noviembre, que carecería de una debida motivación y fundamentación; toda vez que, para su pronunciamiento se consideró dos anteriores audiencias a las que el demandante de tutela no pudo acudir y por las que fue declarado rebelde; por otro lado, el referido Tribunal tampoco habría considerado las veces que el accionante asistió a las audiencias y no así el Ministerio Público; con esos antecedentes, es que la referida Resolución dispuso la rebeldía del hoy peticionante de tutela, ordenando también se libre mandamiento de aprehensión y otras medidas en su contra, determinaciones que habrían vulnerado el art. 124 del CPP; en razón a ello, mediante memorial presentado en esa misma fecha, a horas 11:58 requirió la purga de la rebeldía dispuesta contra el hoy demandante de tutela.