SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0123/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0123/2018-S2

Fecha: 16-Abr-2018

III.2. Análisis en el caso concreto

           El accionante, alega la vulneración de sus derechos a la estabilidad y continuidad laboral, al trabajo y remuneración, a la salud y a la seguridad social, manifestando que si bien el 30 de mayo de 2017, concluyó su segundo contrato de trabajo a plazo fijo; posteriormente y a fin de que le otorguen uno indefinido, continuó asistiendo y realizando actividades en su fuente laboral; empero, el 25 de julio del igual año, entre tanto aguardaba su nuevo contrato; y, por el solo hecho de manifestar que se negaría a suscribir otro a plazo fijo, de forma verbal e injustificadamente fue despedido; contra esa decisión, mediante escrito presentado el 28 del mismo mes y año, alegó que su mencionada continuidad laboral implicaba una tácita reconducción; y, pidió a la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, que ordene a la autoridad hoy demandada, proceda con su respectiva reincorporación, ese petitorio originó la emisión de Conminatoria de reincorporación JDTSC/CONM 098/2017 de 24 de agosto, por la cual, se dispuso que el Rector de la UAGRM de forma inmediata proceda con su reincorporación, Conminatoria que fue recepcionada en dicha casa superior de estudios, el 20 de septiembre de 2017, sin que -hasta la fecha de interposición de la presente acción de amparo constitucional- haya sido cumplida.