SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2018-S2

Fecha: 16-Abr-2018

II.1.

II.1. Cursa Acta de audiencia pública de juicio oral llevada a cabo en el Tribunal de Sentencia Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz, de                       21 de noviembre de 2017, actuado en el que el abogado de la defensa, del ahora accionante, presentó incidente de actividad procesal defectuosa sobreviniente, amparado en el art. 345 del CPC, debido a que, antes de la celebración de la Audiencia Conclusiva se presentó, incidente de actividad procesal defectuosa y excepción de extinción de la acción penal, esta última de previo y especial pronunciamiento; sin embargo, no fueron resueltos por el Juez de la causa, encontrándose pendientes de resolución (fs. 13 a                     16 vta.); a cuyo efecto, los miembros del indicado Tribunal, mediante Auto Interlocutorio 172/2017 de 22 de noviembre, declararon fundado el incidente de actividad procesal defectuosa, planteado por Marco Antonio Trujillo Gutiérrez, ahora accionante y otro, disponiendo la devolución al Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del mismo departamento, para que resuelva los mismos en el plazo que manda el Código de Procedimiento Penal; asimismo, anularon obrados hasta el Auto de Apertura de Juicio, para que una vez resueltos el incidente y la excepción, si el caso amerita, remitir al Tribunal de Sentencia Penal el caso para señalamiento de día y hora de audiencia de juicio oral, preservándose los actos preparatorios de juicio, salvo que exista posibilidad de modificación de la acusación fiscal o particular, producto de la resolución de los incidentes y excepción referidos, resolución con la que quedaron notificados el Ministerio Público, Banco Solidario S.A. y los acusados (fs. 17 a 20 vta.).