SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2018-S2

Fecha: 30-Abr-2018

es cierto que los funcionarios, contra quienes se planteó el recurso, carecen de legitimación pasiva para ser recurridos; no es menos evidente que estando debidamente acreditado que el recurrente fue aprehendido, luego detenido indebida e ilegalmente, corresponde otorgar la tutela solicitada,

Este principio de informalidad, contenido en la disposición precedente, se ha desarrollado en la jurisprudencia constitucional a través del tiempo de vigencia del Tribunal Constitucional como del actual Tribunal Constitucional Plurinacional. A partir de este entendimiento, surgen criterios de flexibilización en cuanto a la legitimación pasiva en la acción de libertad. Al respecto, la SC 0945/2004-R de 17 de junio, en su Fundamento Jurídico III.4 manifestó que: “Si bien es cierto que los funcionarios, contra quienes se planteó el recurso, carecen de legitimación pasiva para ser recurridos; no es menos evidente que estando debidamente acreditado que el recurrente fue aprehendido, luego detenido indebida e ilegalmente, corresponde otorgar la tutela solicitada, ello en sujeción a la jurisprudencia establecida por este Tribunal en sentido de que siendo cierta la detención ilegal acusada, a pesar de la falta de legitimación pasiva de la autoridad recurrida, se declara procedente el hábeas corpus sin responsabilidad, disponiendo la libertad inmediata del recurrente” (énfasis añadido).