SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2018-S2

Fecha: 30-Abr-2018

se ha establecido que, cuando la acción referida se dirige, por error, contra una autoridad diferente a la que causó la lesión, pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, es posible conceder la tutela, si se verificase lesión al derecho a la libertad personal.

Bajo la característica del informalismo de la acción de libertad mencionada y remitiéndonos a la jurisprudencia constitucional, se ha establecido que, cuando la acción referida se dirige, por error, contra una autoridad diferente a la que causó la lesión, pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, es posible conceder la tutela, si se verificase lesión al derecho a la libertad personal. La aplicación del referido razonamiento, no es viable cuando la presunta lesión de restricción de libertad o su amenaza, hubiese sido dispuesta u ordenada, por una autoridad distinta a la demandada y que además no pertenezca a la misma institución o fuera de rango, jerarquía o atribuciones distintas que el demandado (Razonamiento asumido por las SSCC 0790/2010-R y 1094/2010-R)” (énfasis añadido).

De lo cual se colige, que en virtud del razonamiento que emana del principio de informalismo que rige a la acción de libertad, existe flexibilidad en cuanto al error en la persona a la cual se le atribuye la legitimación pasiva, cuando la demanda se interpone en contra de una autoridad distinta a la demandada en la misma institución que da lugar al alegado hecho lesivo de derechos fundamentales.