Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2018-S3
Fecha: 17-Abr-2018
III.2.
Bajo esa premisa, corresponde ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada y realizar la contrastación entre el memorial de apelación contra la Resolución Administrativa del Tribunal Disciplinario Departamental - Tarija 51/2016 y la Resolución del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana 049/2017, que lo resolvió, a objeto de establecer la veracidad de la posible vulneración y determinar si las autoridades demandadas, incurrieron en la infracción de los derechos invocados por el accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Importancia del debido proceso y sus elementos configuradores
- (…) La motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales como elementos configuradores del debido proceso
- III.2.
- III.2.2. En cuanto a la Resolución del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana 049/2017, que declaró improbado el recurso de apelación interpuesto por Wilder Rubén Alfaro Vega y confirmó la Resolución Administrativa del Tribunal Disciplinario Departamental - Tarija 51/2016
- CONFIRMAR