SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0410/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0410/2018-S2

Fecha: 05-Abr-2018

entre las obligaciones de los jueces que administran justicia, está la de cuidar que los juicios se tramiten sin vicios de nulidad, procediendo a la revisión de oficio cuando existen violaciones flagrantes al debido proceso

Con el fin de conseguir este saneamiento procesal, la norma transcrita anteriormente, permite a los jueces y tribunales rectificar el error, cumplir el acto omitido o realizar de nuevo un acto que ya produjo efectos jurídicos; ello porque entre las obligaciones de los jueces que administran justicia, está la de cuidar que los juicios se tramiten sin vicios de nulidad, procediendo a la revisión de oficio cuando existen violaciones flagrantes al debido proceso, así como defectos absolutos en la sentencia o de procedimiento -arts. 169 y 370 del CPP-.