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    AUTO CONSTITUCIONAL 0221/2018-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0221/2018-RCA

    Fecha: 28-May-2018

    2.-

    2.- Disponer que la Jueza de garantías otorgue a la accionante el término de tres días para subsanar el incumplimiento de la previsión del art. 33.2, 4 y 8 del CPCo, así como del art. 31.II de la misma norma; una vez cumplido el plazo o habiéndose subsanado lo observado, determine lo que corresponda.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • rechazar
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • Fragmento 6
    • al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de
    • II.3.  Del agotamiento de la vía ante el Auto de Vista que resuelve un recurso de apelación incidental
    • Fragmento 9
    • II.4.
    • 1)
    • 2.-

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