Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2018
Fecha: 22-May-2018
compatible
De lo expuesto, se tiene que el artículo en análisis hace referencia a: “idiomas de uso oficial del Gobierno Autónomo Municipal”, de modo que no se advierte que dicha previsión limite los idiomas oficiales del Estado Plurinacional; consecuentemente, el art. 10 del proyecto de la COM de Pelechuco, es compatible con la Norma Fundamental.
De lo expuesto, y tomando en cuenta que el artículo refiere las atribuciones del Concejo Municipal, se advierte que el numeral en estudio; fue adecuado en el marco de las observaciones efectuadas en la Declaración precedente, consecuentemente, el art. 32.34 del proyecto de Norma Institucional Básica, es compatible con la Constitución Política del Estado.
- I.1. Contenido de la consulta
- II.1.
- II.3.
- sólo en lo concerniente a la modificación efectuada al texto de los artículos observados en la citada Resolución constitucional, remitiéndose en lo restante a lo dispuesto por la merituada Declaración y la DCP 0026/2016 de 11 de abril
- III.1.
- lo cual supone que aquellos artículos que no fueron observados y merecieron su declaratoria de compatibles con la Norma Suprema, no deben ser modificados
- III.2.
- improcedente toda pretensión dirigida a que en esta instancia se efectúe un nuevo control previo de constitucionalidad a disposiciones sobre las cuales existe un pronunciamiento previo por parte de este Tribunal declarando su compatibilidad
- uso oficial
- Los demás gobiernos autónomos deben utilizar los idiomas propios de su territorio, y uno de ellos debe ser el castellano
- compatible
- es confrontar el contenido
- 34.
- Control previo de constitucionalidad
- Artículo 53º (BIENES PATRIMONIALES MUNICIPALES).
- Artículo 53º (BIENES MUNICIPALES).
- Su calificación
- DISPOSICIÓN SUPRIMIDA
- 3°