La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0204/2018-S2 de 22 de mayo, que confirmó la Resolución 157/2017 de 28 de septiembre, emitida por la Jueza de Sentencia Penal Octava de la Capital del departam
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0204/2018-S2 de 22 de mayo, que confirmó la Resolución 157/2017 de 28 de septiembre, emitida por la Jueza de Sentencia Penal Octava de la Capital del departam

Fecha: 22-May-2018

el estándar jurisprudencial más alto se encuentra contenido en la             SCP 0217/2014, por cuanto no limita la protección de la garantía del debido proceso vía acción de libertad a la existencia de indefensión absoluta y vinculación directa con el derecho a la libertad

A partir de lo señalado y efectuado el examen de la línea jurisprudencial en cuanto al procesamiento indebido en las acciones de libertad, el estándar jurisprudencial más alto se encuentra contenido en la             SCP 0217/2014, por cuanto no limita la protección de la garantía del debido proceso vía acción de libertad a la existencia de indefensión absoluta y vinculación directa con el derecho a la libertad, sino -como se tiene señalado-, determina que es posible la protección de la garantía del debido proceso, dentro de los procesos penales, aún no exista una vinculación directa con el derecho a la libertad, siempre que se hubieren agotado los medios intraprocesales de impugnación, salvo los supuestos de indefensión absoluta, en los cuales no se exige el agotamiento previo de las vías de impugnación existentes.