SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2018-S1

Fecha: 11-May-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro el proceso penal que le siguió el Ministerio Público, por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (L1008), con relación al art. 33 inc. m) del mismo cuerpo legal, el 6 de junio de 2016 se dictó sentencia condenatoria en su contra, condenándole a cumplir pena privativa de libertad de diez años en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de La Paz, más la imposición de mil días multa a razón de bs2.- (dos bolivianos) por día.

Manifiesta que, conforme al Decreto Presidencial 3030 de 24 de diciembre de 2016 de amnistía, indulto total y parcial, solicitó acogerse al mismo presentando todos los requisitos establecidos en el art. 6 del referido Decreto; sin embargo, su solicitud fue negada por la Directora de Régimen Penitenciario de La Paz, mediante Informe 007/2017 de 14 de diciembre, señalando que no se encuentra privada de libertad ya que se habría beneficiado con detención domiciliaria, desconociendo de esta manera la uniforme jurisprudencia constitucional y ordinaria referida a que la detención domiciliaria así como la penitenciaria tienen la misma característica procesal, igual repercusión y efectos, y en el primer caso es resultado de un “tramite acucioso que se ajusta a la normativa vigente ocasionando un fallo de esa naturaleza” (sic).

Señala que el informe emitido por la autoridad ahora demandada no es susceptible de recurso ulterior por lo que no se aplica la subsidiariedad; asimismo, que se encuentra con su salud deteriorada, agravándose aún más su situación ya que el informe negativo restringe su derecho de poder acceder al beneficio de indulto, sólo por la equivocada interpretación que realizó dicha autoridad.