SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2018-S1

Fecha: 11-May-2018

II.3.

II.3.           Mediante Informe 007/2017 de 31 de noviembre, Delia Celia Illanes Choquetijlla, Directora Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz, hace conocer a Martha Cabrera Mamani el “NO CUMPLIMIENTO” (sic) de condiciones para admitir su solicitud de trámite para acogerse al beneficio de amnistía, indulto total y parcial, señalando que: a) Entre los requisitos que presentó en su carpeta, cursa certificado de permanecía y conducta de 29 de septiembre de 2017 emitido por la Encargada de Certificaciones del Centro de Orientación Femenina de Obrajes, con visto bueno de la Directora del mismo Centro, señalando que salió del mismo el 3 de febrero del citado año en cumplimiento al mandamiento de detención domiciliaria expedido por el Juez de Ejecución Penal Tercero del citado departamento; y, b) No se encuentra privada de su libertad en ningún recinto penitenciario, resaltando que el art. 6 del Decreto Presidencial 3030, es claro cuando señala de manera expresa que se concederá el indulto total a las personas que se encuentren privadas de libertad en recintos penitenciarios, por lo que devuelve la referida carpeta de solicitud (fs. 11 a 13).