SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2018-S3

Fecha: 21-May-2018

concedió

El Juez de Ejecución Penal Cuarto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 006/2018 de 5 de enero, cursante de fs. 71 a 72 vta., concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto de Vista 201/2017, disponiendo que los Vocales demandados, previas las formalidades de ley, dicte una nueva resolución, advirtiendo que Margot Pérez Montaño -ahora Vocal codemandada- no puede intervenir ni emitir esa resolución; ya que, actuó como Jueza de Instrucción Penal en una anterior oportunidad; bajo los siguientes fundamentos: i) Se emitió la Resolución 039/2016, la cual declaró probada la extinción de la acción penal, que fue apelada por la parte querellante -acusador particular Fortaleza Leasing S.A.- y en grado de apelación, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, revocó el fallo del inferior mediante Auto de Vista 201/2017, disponiendo la prosecución de la causa hasta su conclusión; ii) De la revisión de actuados, se establece que la citada codemandada, anteriormente intervino en el mismo proceso cuando fungía como Jueza de Instrucción Penal Cuarta del departamento de La Paz, y posteriormente actuó como Vocal de la referida Sala Penal Tercera; en consecuencia, dicha autoridad incurrió en un defecto procesal insubsanable, absoluto y no convalidable; iii) En la presente causa, es aplicable la acción de libertad en el efecto reparador, considerando que, al accionante no se le tutelaron sus garantías del debido proceso, habiendo intervenido la autoridad codemandada como Jueza de Instrucción Penal y luego como Vocal de la citada Sala pronunció el Auto de Vista observado; y, iv) Todas las resoluciones que se emitan, no pueden vulnerar derechos y garantías constitucionales, por ello, se debe reparar esta actuación para que se aplique debidamente la ley y el procedimiento penal, tutelando las garantías del debido proceso.