SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2018-S2

Fecha: 14-May-2018

II.7.

II.7.    Al respecto mediante carta de 30 de octubre de 2017, la empresa TELECEL S.A. responde a la solicitud de la hoy accionante, señalada en el punto anterior, indicando “que el memorándum que le fue entregado en fecha         11 de agosto de 2017, tuvo como objeto darle a conocer la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0514/2017-S3 de 9 de junio de 2017 que dio por bien hecha su desvinculación de 29 de abril de 2016, revocando la Resolución de Acción de Amparo Constitucional N° 11/17 de 03 de abril de 2017 que inicialmente dispuso su reincorporación” (sic). “En tal contexto, comunicamos a usted que su desvinculación operó el 29 de abril del 2016 ruptura que quedó firme con la Sentencia Constitucional Plurinacional                   N° 0514/2017-S3 de 9 de junio del 2017-S3, aclarando que en dicha oportunidad, su persona NO gozaba de inamovilidad alguna, por lo que no corresponde acceder a lo solicitado por su persona” (sic) -fs. 12-.