SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2018-S4
Fecha: 21-May-2018
1)
Cynthia Blanca Delgadillo Aramayo, Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primera del departamento de La Paz, por informe presentado el 13 de diciembre de 2017, cursante a fs. 54, señaló lo siguiente: 1) El proceso penal que ya contaba con acusación fiscal se remitió ante el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Violencia Hacia la Mujer Primero del citado departamento y fue devuelto a su despacho el 5 del indicado mes y año, por observación de la acumulación de diferentes causas, habiéndose radicado nuevamente el proceso una vez subsanado las observaciones; y, 2) Durante la permanencia del proceso en su despacho, se presentó un memorial de apersonamiento por Ricardo Maldonado, motivo por el cual, se excusó del referido proceso mediante Resolución 663/2017 de 6 de diciembre, remitiendo el proceso al Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Cuarto del departamento antes mencionado, que se encontraba de turno, para posteriormente remitirse al Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Segundo del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el incumplimiento a resoluciones pronunciadas en acciones tutelares
- cuando las autoridades accionadas no dan cumplimiento a lo dispuesto por el juez de garantías, dentro de acciones de libertad o amparo constitucional, el accionante debe acudir ante el mismo juez de garantías que emitió la resolución, o en su caso a la vía ordinaria para hacer cumplir la misma
- III.2.
- CONFIRMAR