SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2018-S4
Fecha: 21-May-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La impetrante de tutela a través de su representante sin mandato denunció la vulneración de sus derechos a libertad, al debido proceso, a la defensa, a una justicia plural, oportuna y trasparente; toda vez que, la Jueza de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Primera del departamento de La Paz, no remitió la acusación pública y el respectivo cuaderno procesal dentro del plazo establecido por ley al Tribunal de Sentencia de turno, incumpliendo de esta manera lo dispuesto en la Resolución 36/2017, emitida dentro de la acción de libertad planteada contra la misma Jueza, quien negó tener competencia para celebrar la audiencia de modificación de medidas cautelares solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el incumplimiento a resoluciones pronunciadas en acciones tutelares
- cuando las autoridades accionadas no dan cumplimiento a lo dispuesto por el juez de garantías, dentro de acciones de libertad o amparo constitucional, el accionante debe acudir ante el mismo juez de garantías que emitió la resolución, o en su caso a la vía ordinaria para hacer cumplir la misma
- III.2.
- CONFIRMAR