SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2018-S2
Fecha: 22-May-2018
II.6.
II.6. El 8 de noviembre de 2017, el Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz mediante Memorándum JDTSC/I/VER. /LAB 078/2017 de 8 de noviembre, instruyó a la Inspectora Mariela Ramallo de Hurtado, realice la verificación de reincorporación a la empresa PETROBRAS BOLIVIA S.A., en cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/CONM 0116/2017; por lo que, cumpliendo lo señalado, mediante informe de 10 del citado mes y año, manifestó que no se dio cumplimiento a la misma; toda vez que, la entrevistada hizo referencia a la interposición de un recurso de revocatoria ante dicha Jefatura, el 30 de octubre de igual año (fs. 30 y 31).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Contextualización de línea de la acción de amparo constitucional ante el incumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- de ahí que para concederse una tutela constitucional debe analizarse en cada caso la pertinencia de la conminatoria,
- i)
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte