SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2018-S3

Fecha: 11-May-2018

III.3.  Análisis del caso concreto

El demandante de tutela, formuló la acción de defensa bajo el argumento que se vulneraron sus derechos a la libertad, dignidad y al debido proceso, dentro del juicio penal instaurado por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de estupro, considerando que las autoridades              -ahora demandadas- no atendieron de forma inmediata los mencionados incidentes planteados; sin embargo, la autoridad jurisdiccional por decreto de 28 de noviembre de 2017, fijó audiencia para el 30 del referido mes y año, para resolverlos, empero la misma no se instaló por que dicha institución presentó resolución de acusación formal contra el accionante.

           En el presente caso, la problemática jurídica se encuentra dentro la esfera de lesiones al debido proceso, y el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo constitucional, determina que la protección otorgada por la acción de libertad cuando se denuncian lesiones al debido proceso, no abarca a todas las formas en que puede ser infringido, sino, únicamente para aquellos entornos vinculados directamente con el derecho a la libertad personal o de locomoción; en este entendido solo podrá ser posible la tutela cuando la inobservancia al debido proceso, se encuentre necesariamente vinculada con la libertad.