AUTO CONSTITUCIONAL 0215/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0215/2018-CA

Fecha: 28-Jun-2018

Fragmento 14

En virtud a esta situación la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, declaró     que no corresponde promover la acción de inconstitucionalidad concreta, ya que este tipo de acción debe ser presentada por única vez dentro del mismo proceso debido a la oportunidad y prohibición que preceptúa el art. 81 del CPCo; por último, la jurisprudencia citada por el ente solicitante fue emitida con la Ley del Tribunal Constitucional, la cual no se encuentra vigente.