Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0267/2018-RCA
Fecha: 25-Jun-2018
Fragmento 3
Solicita que conforme a lo establecido en el art. 57.II del Código Procesal Constitucional (CPCo), se anule la Sentencia 01/2017 de 30 de agosto, el Voto Disidente sin fecha y el Auto Complementario 02/2017 de 14 de septiembre, disponiendo la reposición del juicio del proceso denominado “Caso Misiles Chinos”, ya que los actuales Magistrados deben cumplir con el principio de inmediación establecido por el art. 180 de la CPE.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- a)
- por no presentada
- i)
- Fragmento 7
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- 1)
- CONFIRMAR