Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2018-O
Fecha: 29-Jun-2018
II.3.
II.3. Por Nota CITE.DPTO.RR.HH.359/2017 de 19 de octubre, Mario Ance Oña, Jefe de RR.HH. de EMSA, comunicó a Beatriz Callapino Alizares la extinción de su relación obrero patronal, por conclusión de contrato, señalando que el contrato que tiene con EMSA, fenecía el 26 de octubre de 2017, por lo tanto, a partir del 27 de igual mes y año, no existirán obligaciones pendientes, debiendo solicitar el pago de sus beneficios sociales por “conclusión de contrato” (fs. 242).
- queja por incumplimiento
- I.1. Hechos que motivan la impugnación
- estabilidad laboral de forma indefinida
- I.1.1. Petitorio
- rechazó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1. El carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las sentencias constitucionales plurinacionales con calidad de cosa juzgada
- reconociendo
- 2º HA LUGAR