Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2018-O
Fecha: 29-Jun-2018
rechazó
La Jueza Pública de Familia Novena del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 9 de abril de 2018, cursante a fs. 260, rechazó la queja por incumplimiento, señalando que mediante Auto de 6 de abril de igual año, ya se pronunció negando la solicitud de reincorporación de Beatriz Callapino Alizares, puesto que la misma fue reincorporada a su fuente laboral tal cual se desprende del Memorándum RR.HH.MEMO 107/2017, advirtiendo que la denunciante en el plazo establecido por ley se pronuncie sobre el rechazo de su queja, a fin de que los antecedentes sean remitidos al Tribunal Constitucional Plurinacional.
- queja por incumplimiento
- I.1. Hechos que motivan la impugnación
- estabilidad laboral de forma indefinida
- I.1.1. Petitorio
- rechazó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1. El carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las sentencias constitucionales plurinacionales con calidad de cosa juzgada
- reconociendo
- 2º HA LUGAR