SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0256/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0256/2018-S4

Fecha: 11-Jun-2018

Fragmento 9

           Con referencia a la motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales y administrativas, la SC 2227/2010-R de 19 de noviembre, estableció: “El razonamiento respecto al debido proceso, desarrollado por la amplia jurisprudencia constitucional al respecto, indicó que constituye el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar; además, comprende la potestad de ser escuchado, presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo y la observancia de los requisitos en cada etapa procesal, a fin que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pudiera afectar sus derechos. Refiere también que, este derecho es de aplicación inmediata, vincula a todas las autoridades judiciales o administrativas y constituye una garantía de legalidad procesal que ha previsto el Constituyente para proteger la libertad, la seguridad jurídica y la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales.