SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0258/2018-S4
Fecha: 11-Jun-2018
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 01/2018 de 9 de enero, cursante de fs. 86 a 95 vta., pronunciada por el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Lagunilla del departamento de Santa Cruz en suplencia legal del Juzgado Público de Familia Primero de Camiri del mismo departamento; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo que el representante legal de la Empresa “ARMUS” Ltda., dé cumplimiento a la Conminatoria JRTC/SC/JCZ 06/2017 de 20 de noviembre emitida por el Jefe Regional de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Camiri del indicado departamento.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- encontrándose imposibilitada esta jurisdicción de ingresar a analizar si la conminatoria efectuó una indebida o ilegal fundamentación a tiempo de determinar la reincorporación, o si los datos, hechos y circunstancias que le dieron lugar, ameritaban tal determinación, debido a que eso corresponde a la jurisdicción ordinaria que contiene una etapa amplia de producción de prueba y potestad de valorar la misma, posibilidad que está al alcance del empleador, en caso de disentir con la decisión de la instancia de administración laboral, lo que de ningún modo le posibilita incumplir la determinación de reincorporación
- III.2.
- REVOCAR