Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2018-S4
Fecha: 11-Jun-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El peticionante de tutela, denuncia la vulneración de su derecho a la libertad puesto que, estaría indebidamente detenido en celdas judiciales de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, pese a que transcurrieron diez días desde que se llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares que dispusieron medidas sustitutivas a la detención preventiva; asimismo, no se dió respuesta a su solicitud de asignación de custodio, por lo que, pide se cumpla con el Auto Interlocutorio 09/2018 dictada por el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Retiro de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- y por otro lado, está el supuesto
- III.2. Jurisprudencia reiterada. Sobre la acción de libertad innovativa
- En ese contexto argumentativo, la acción de libertad -innovativa- permite al agraviado o víctima de la vulneración acudir a la instancia constitucional pidiendo su intervención con el propósito fundamental de evitar que, en lo sucesivo, se reiteren ese tipo de conductas por ser reñidas con el orden constitucional
- propósito fundamental de la acción de libertad innovativa, tiene la misión fundamental de evitar que en el futuro se repitan y reproduzcan los actos contrarios a la eficacia y vigencia de los derechos a la vida, la libertad física y de locomoción.
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR