Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2018-S4
Fecha: 18-Jun-2018
II.6.
II.6. El decreto de 21 de septiembre de 2017, y a solicitud de la demandante, el Juez ahora demandado, aprobó la liquidación (fs. 22 y vta.), y conminó al ahora accionante a cancelar dentro de tercer día de su legal notificación, la suma de Bs85 000.- bajo prevención de librarse el correspondiente mandamiento de apremio (fs. 25), cursando notificación con dicho actuado a Teófilo Leonardo Peña Calla el 27 de septiembre de 2017, mediante cédula en el domicilio de zona Los Mangales, calle Los Pachios 42 y en presencia de testigo que firmó en constancia (fs. 26).