Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2018-S2
Fecha: 25-Jun-2018
II.4.
II.4. Cursa informe MTEPS/JSTCBBA/INF-1978/2017 de 30 de octubre, a través del cual el Inspector Departamental del Trabajo de Cochabamba, señaló que se apersonó ante las oficinas de EMSA, el 27 de octubre de 2017, y realizó la verificación de la reincorporación del ahora accionante, en cumplimiento a la referida Conminatoria; sin embargo, el Asesor Legal de la citada empresa manifestó que no se procedió a la mencionada reincorporación en razón de estar pendiente de resolución un recurso de impugnación contra la misma (fs. 24).
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II
- III.1. Contextualización de línea de la acción de amparo constitucional ante el incumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- de ahí que para concederse una tutela constitucional debe analizarse en cada caso la pertinencia de la conminatoria,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER