SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2018-S3
Fecha: 29-Jun-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante a través de su representante legal alega como vulnerados sus derechos al debido proceso en sus elementos de error en la interpretación de legalidad ordinaria, error de derecho y franca arbitrariedad de la decisión judicial, por inaplicación de las reglas para la interpretación de los contratos; a la defensa, seguridad jurídica, principio de legalidad, tutela judicial efectiva, propiedad privada, a dedicarse al comercio y la industria, y a la libre empresa e iniciativa privada, al trabajo y a una fuente laboral estable; debido a que, el Juez Público Civil y Comercial Décimo del departamento de Santa Cruz, ordenó mediante Oficio 4416/2017 de 29 de septiembre a la ASFI, la retención de los fondos que pudiera tener la empresa SOLUCIONES Y REALIZACIONES IFEO S.R.L. en el sistema financiero nacional; quien ingreso en vacación colectiva, de tal forma no tuvieron ante quien acudir ni reclamar, esta retención les ocasiona un daño inminente al impedirles pagar el aguinaldo y sueldos a sus trabajadores, además de las obligaciones sociales, tributarias y fiscales; por lo que interpuso la presente acción tutelar.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. La relevancia constitucional en el análisis de las acciones tutelares
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR