Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2018-S2
Fecha: 28-Jun-2018
II.2.
II.2. El 18 de mayo de 2017, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Auto de Vista declaró procedente el recurso de apelación incidental formulado por la empresa acusadora particular, revocando el Auto de 22 de diciembre de 2016; asimismo, declaró inadmisible la apelación interpuesto por el Ministerio Púbico, disponiendo en consecuencia, la devolución del legajo incidental al Juzgado de origen (fs. 57 a 59 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- existe una prohibición de activación ulterior de mecanismos de tutela con identidad de objeto, sujeto y causa.
- siempre y cuando el peticionante de tutela, subsane los aspectos formales que evitaron que el mecanismo de defensa anteriormente planteado
- porque de lo contrario se generaría una disfunción procesal contraria a la seguridad y certeza jurídica
- III.2. Análisis del caso concreto
- debió acudir ante la misma a fin de denunciar su incompetencia a través del recurso de reposición, para que a través del mismo la autoridad referida advertida de su error, corrija o en su caso modifique el decreto emitido
- REVOCAR