SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2018-S4

Fecha: 27-Jun-2018

a)

Franco Ovidio Sanabria Soliz, Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de Oruro, mediante informe presentado el 28 de febrero de 2018, cursante de fs. 44 a 45, señaló que: a) Tomando conocimiento de la imputación formal en contra del accionante, como presunto autor del delito de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, sancionado por el art. 261 del CP, (con fallecido); b) De los hechos mencionados en audiencia de medidas cautelares, se evidenció la concurrencia de los arts. 233 y 234 numerales 1 y 2 del CPP, por lo que, se dispuso su detención preventiva; c) La denuncia sobre el supuesto que su persona habría pedido la suma de $us2 500.- para liberarlo, es falsa, porque se conoce que dentro de la práctica algunos abogados piden dineros a nombre de jueces, aparentando haber hablado con el juez, toda vez que en este caso intervinieron dos abogados quienes con toda seguridad serían los directos responsables de esta denuncia montada; y, d) La acción de libertad presentada, no cumplió con los requisitos para conceder una tutela; es decir, con el principio de  subsidiaridad y no se adecuó a lo que establece el art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE), solicitando en consecuencia se rechace in limine, denegando la tutela impetrada.