Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2018-S4
Fecha: 27-Jun-2018
II.1.
II.1. Cursa Auto Interlocutorio de 26 de febrero de 2018 de fs. 39 a 41 vta., emitido por el Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de Oruro –ahora demandado– mediante el cual resuelve la detención preventiva del imputado por haberse cumplido con los requisitos para aplicar la misma, además de estar latentes los dos peligros de fuga en sus numerales 1 y 2 de los arts. 233 y 234 del CPP.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- se debe considerar también que cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, aún en el supuesto de que dicho medio o recurso no sea el más idóneo, eficaz o inmediato, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad, ello debido a que el recurrente, actual accionante, no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos
- III.2.
- REVOCAR