SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2018-S2

Fecha: 13-Jul-2018

concedió

El Juez Público Civil y Comercial Segundo de la Capital del departamento de Pando, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 13/17 de             28 de julio de 2017, cursante de fs. 41 y 42, concedió la tutela impetrada, disponiendo que el Alcalde del Municipio de Cobija, en el plazo de tres días hábiles, otorgue una respuesta debidamente fundamentada, apegada a la norma administrativa y bajo responsabilidad a las solicitudes presentadas y recepcionadas de 30 de junio y 5 de julio de 2017, con base en los siguientes fundamentos: 1) El art. 8.II de la CPE, establece los principios y valores en los que se sustenta el Estado, entre ellos el de transparencia, que implica un flujo constante de información entre el Estado y la sociedad plural, supone una respuesta a la exigencia social de que la administración pública proceda oficialmente, encuentra su fundamento en la necesidad de participación de los ciudadanos en los asuntos públicos, es la predisposición de los funcionarios de dar a conocer aquello que debe ser conocido; 2) El art. 24 de la Norma Suprema, proclama el derecho a la petición, definido en la “SC N° 189/2001-R″, como la potestad o facultad que tiene la persona individual o colectiva de pedir o solicitar algo concreto a autoridades o funcionarios públicos en búsqueda de una respuesta formal y pronta, derecho que no solo involucra la posibilidad de acudir a la administración pública sino que supone, un resultado de ésta, que se manifiesta en la obtención de una pronta resolución, elemento sin el cual este derecho pierde esencia; y, 3) Al ser evidente que la parte accionante se dirigió al Alcalde Municipal de Cobija, haciendo un pedido que en derecho le corresponde, a través de las solicitudes debidamente recepcionadas (de 30 de junio y 5 de julio de 2017) sin que hasta la fecha hubiera merecido respuesta, aspecto que a todas luces es atentatorio a derechos y garantías constitucionales.