SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2018-S2

Fecha: 09-Jul-2018

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3°    Solicitar al Consejo de la Magistratura, a la Fiscalía General del Estado y a la Policía Boliviana, para que en el plazo de diez días hábiles, remitan informe a este Tribunal, en relación a las acciones adoptadas para dar cumplimiento al exhorto efectuado en la parte dispositiva de la SCP 2252/2012 de 8 de noviembre, con referencia al desarrollo y coordinación en el ámbito de sus competencias, sobre medios alternativos de comunicación inmediata, no necesariamente basados en el papel conforme lo establece expresamente el art. 33.1 del Código Procesal Constitucional, a efectos de notificaciones y la presentación de informes en acciones de libertad; en el que deberá considerarse el precedente desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1. de este fallo constitucional, sobre la posibilidad de citación a la autoridad demandada con la acción de libertad y el señalamiento de día y hora de audiencia de consideración de la misma, vía wasap;