SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2018-S2

Fecha: 18-Jul-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante contrato de anticresis y alquiler suscrito el 2009, con la señora Ana María Rodríguez Chalco de Llave, -entonces propietaria del inmueble- ubicado en la calle Brasil s/n esquina Oblitas, zona norte de Oruro; lugar, en el que se encontraba viviendo. El 2015, se enteró de que Judith Ana Faccio Soto, se había constituyó en la nueva propietaria del precitado bien -después de un proceso judicial que había ganado-; con quien no tuvo mala relación y conocía plenamente su calidad de inquilino anticresista; además, que nunca se enteró de la existencia de alguna demanda judicial en su contra por reivindicación de bien inmueble u orden que prohíba o restrinja el ingreso a su actual domicilio; empero, el 4 de enero de 2018, aproximadamente a horas 19:30, cuando retornaba de su trabajo, quiso abrir la puerta de su domicilio, quedando sorprendido, debido a que advirtió el cambio de la chapa de la puerta de la vivienda, por lo que no pudo ingresar a la misma, encontrándose desde esa fecha despojado y obligado a buscar refugio en la casa de su hermano Julio Teodoro Choque Aviz.

Quiso comunicarse a por celular con la demandada, para que le facilite una copia de la llave de la puerta para ingresar a la vivienda; debido a que, ésta tiene su domicilio en la localidad de Huanuni; sin embargo, no respondió a su llamada ni al mensaje enviado, a pesar de que conoce su número de celular.

El 9 de enero de 2018, pudo conversar con la demandada, haciéndole conocer del perjuicio que sufre al impedírsele el ingreso al indicado inmueble; quien, le indicó “…que haga lo que quiera y ella no está dispuesta a que yo ingrese a                          mi vivienda…” (sic), confirmando de esta manera, que sin justificativo legal alguno, la nueva dueña del inmueble, procedió a cambiar la chapa de la puerta del domicilio, privándole del ingreso al mismo y por consiguiente, su derecho a la vivienda.