Sentencia Constitucional Plurinacional: SCP 0317/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: SCP 0317/2018-S1

Fecha: 09-Jul-2018

3)

3)       Sobre este último reclamo acerca del art. 197 del CPCabrg, corresponde señalar que, el desarrollo de una contienda procesal, en este caso, sometido a la observancia del procedimiento coactivo fiscal que prevé la aplicación supletoria o por analogía del Código de Procedimiento Civil, que al efecto del contraste del sistema procesal con el art. 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE), se tiene que la jurisdicción ordinaria se fundamenta entre otros, en los principios de publicidad e igualdad de partes ante el Juez, lo que implica que en este caso el Ministerio de Minería y Metalurgia, se halla en similitud de hacer valer sus pretensiones que la parte coactivada “…en esa visión normativa la aplicación del art. 197 del C.P.C., en criterio de la parte demandante no sanciona con nulidad como se pretende, más aún cuando se tiene de antecedentes en otro incidente de nulidad promovida por el coactivante y los extremos dilucidados en el Juzgado de Partido Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario, mismos que ya fueron resueltos, así el A.S. N° 078/2013, emergente a otro proceso Coactivo Fiscal relativo al expediente A.270/200 en la se estableció lo señalado por autoridad A - quo en el punto 1.5 parte final de la que se extrae que el citado A.S., no corresponde en el presente caso, más aun cuando es el propio Estado el demandante por intermedio de una de sus instituciones, y en el supuesto de no admitirse tuviera que realizarse la consulta en materia Coactivo Fiscal, estableciendo que su incumplimiento no acarrea nulidad, pues no existe norma, en observancia al principio de especificidad que establezca tal sanción, por lo que, lo pretendido por el apelante no es viable en esta instancia” (sic); y;