VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0360/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0360/2018-S2

Fecha: 18-Jul-2018

derechos, el 21 de noviembre de 2017, recurrió ante el Tribunal que dispuso esa declaratoria

           Conforme a los datos del proceso, especialmente a los informes del REJAP, de 14 de octubre de 2010 y de 20 de noviembre de 2017, efectivamente Freddy Germán Díaz Estrada, con Cédula de Identidad (CI) 3338979 LP, fue declarado rebelde por Auto de 5 de marzo de 2008, pronunciado por el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, por la presunta comisión del delito de estafa y toda vez que el referido ciudadano, no era parte en el proceso penal donde se lo declaró rebelde, en ejercicio de sus derechos, el 21 de noviembre de 2017, recurrió ante el Tribunal que dispuso esa declaratoria -Tribunal de Sentencia Penal Primero- explicando que en el proceso penal donde se origina el antecedente de declaratoria de rebeldía de la que fue objeto, fue seguido contra Freddy Carlos Díaz Estrada, con CI 2717863 LP, persona distinta a él -Freddy German Díaz Estrada- con CI 3338979 LP, error por el que no puede obtener un certificado sin antecedentes en su favor ocasionándole un grave perjuicio; aclarando que nunca fue procesado en ese caso, constando al respecto la certificación de 27 de mayo de 2013, emitida por la Secretaria Abogada de ese Tribunal, que da cuenta que su persona no fue coimputado ni acusador particular, no habiendo sido sujeto procesal de la causa penal por estafa seguida en su contra Freddy Carlos Díaz Estrada; denotando información errónea y no actualizada en el REJAP, por la confusión de datos.

           Al respecto, por proveído de 2 de enero de 2018, la autoridad judicial demandada, después de más de cuarenta días, dispuso que previamente debía oficiarse al Tribunal Electoral Departamental de La Paz, a objeto que se informe sobre los domicilios y lugares de votación de los ciudadanos Freddy Carlos Díaz Estrada con CI 2717863 LP y Freddy Germán Díaz Estrada, con CI 3338979 LP, consignando igualmente su domicilio real, a objeto de disponer cuanto en derecho fuera pertinente.