En virtud a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo); la suscrita Magistrada expresa su Voto Disidente a la DCP 0071/2018 de 25 de agosto, en lo concerniente a la compatibilidad de los arts. 46.II -ahora 45.II-; y, 10
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En virtud a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo); la suscrita Magistrada expresa su Voto Disidente a la DCP 0071/2018 de 25 de agosto, en lo concerniente a la compatibilidad de los arts. 46.II -ahora 45.II-; y, 10

Fecha: 25-Ago-2018

a)

Los fundamentos que sustentan el Voto Disidente parcial a la DCP 0071/2018, son: a) La cesación en el ejercicio de un cargo electo y las condiciones para la validez de la renuncia; y, b) El carácter cerrado de la distribución competencial y las reservas de ley establecidos en la Constitución Política del Estado.