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    Sentencia Constitucional Plurinacional 0393/2018-S1 de 13 de agosto
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    Sentencia Constitucional Plurinacional 0393/2018-S1 de 13 de agosto

    Fecha: 13-Ago-2018

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    • la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto; ahora bien, esa definición general, no es limitativa de la coherencia que debe tener toda resolución, ya sea judicial o administrativa, y que implica también la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva: sino que además, debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos contenidos en la resolución
    • El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes;
    • congruencia
    • II.2.  Lo resuelto por la
    • opuestas
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